Cuando no tengo claro si quejarme o no lo primero que pienso es… si lo hiciera me darían la razón? entonces pienso, pues sí, o pues no, y si es que sí, entonces tiro adelante, pero si no tienes muy claro cuales son tus derechos aquí te dejo la nueva ley de atención al cliente.

Es de lo más interesante y resumiendo sería (vía izo)

¿Qué regula?

Las condiciones en las que las compañías prestan el servicio de atención al cliente, según niveles de servicio y normas de funcionamiento al teléfono.

Qué detalla:

  • Tels gratis de Atención al Cliente para grandes empresas de interés general
  • Atención Telefónica obligatoria
  • Resolver reclamaciones en plazo máximo de 1 mes
  • Atención personal directa
  • Número de opciones en primer nivel de IVR no puede ser más de 5, uno de ellos siempre la posibilidad de hablar con un operador
  • Prohibe sistemas automáticos como método exclusivo de atención
  • Llamada debe ser atendida por un operador en menos de un minuto
  • En ningún caso se aprovechará la formulación de reclamaciones para ofrecer productos y servicios
  • Horario de atención de empresas de servicios esenciales será de 24×7 los 365 días del año
  • Las empresas deberán mostrar en la factura, la información de contacto a través de teléfono, correo electrónico y dirección postal para las consultas de atención al cliente.

Tenéis todos los detalles en esta página interesantísima

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